Contrato de Colaboración entre Partners
Acuerdo para la colaboración de la plataforma de loyalty marketing Omniwallet

Este contrato de colaboración de la plataforma Omniwallet se estipula entre la entidad o individuo que representa (en ambos casos, en adelante, el Partner) y Somos Sinapsis SL, con  CIF B66099763, y domicilio en la calle Tamarit nº 99, Bajos Local 1, 08015 Barcelona (en adelante, Omniwallet).

Tanto Omniwallet como el Partner (en adelante Las Partes), en la calidad con la que actúan, reconocen mutuamente capacidad jurídica para contratar y para el otorgamiento del presente contrato de colaboración.

EXPONEN

  1. Derechos del partner

    Somos Sinapsis cede al partner el derecho transferible y no exclusivo a:

    1. Mostrar, promover y promocionar la herramienta de loyalty Omniwallet entre sus clientes (actuales y nuevos).
    B. Facilitar el acceso a los clientes, así como su respectiva formación para el uso correcto de la herramienta, todo esto bajo la aceptación de términos y condiciones del servicio firmado por los mismos.  
  2. Inscripción y validación de clientes
    Para la inscripción de clientes el partner deberá aportar cierta información del mismo: razón social, dirección fiscal, email, teléfono. 

En el caso de clientes ya presentados por otros partners se informará a este segundo de la ya inscripción de dicho cliente.

El listado de clientes estará a disposición de los partners siempre bajo solicitud explícita. 

Somos Sinapsis se reserva el derecho de no admitir a un cliente si lo cree necesario. 

  1. Comisiones
  2. Dichas comisiones estarán sujetas a la relación entre partner y cliente, siendo el partner sujeto activo en dicha relación, participando en el proceso de venta, implantación de la aplicación, si fuese necesario formación y en todo lo relacionado a las necesidades del cliente. 
  3. El partner recibirá una comisión sobre la facturación mensual por el uso de la aplicación OmniWallet, dicha comisión tendrá vigencia siempre y cuando el cliente mantenga su actividad y que entre ambos se cumpla el punto 1. 
  4. En el caso de que se produjera la baja o inactividad de un cliente, el partner dejará de recibir la cuantía.
  5. Cálculo de las comisiones
    La comisión dependerá del total de la facturación mensual de los clientes y de la antigüedad del mismo. 
  1. El importe de la comisión será del 30% si el cliente ha sido cerrado por el partner.
  2.  El importe de la comisión será del 10% si el cliente ha sido cerrado por Somos Sinapsis pero ha conocido el producto gracias al partner. 

Pagos: El partner recibirá la comisión una vez se haya firmado este contrato y se de conformidad a todas sus cláusulas. 

Proceso de pago:
Las comisiones se pagarán trimestralmente, una vez se haya enviado al cliente el informe trimestral y éste haya remitido a Somos Sinapsis una factura dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe.

Las facturas serán abonadas por Somos Sinapsis con vencimiento a 30 días.

  1. Marca registrada

Omniwallet es una marca registrada de Somos Sinapsis y podrá ser utilizada por el partner siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos, tales como: 

  1. Solo podrán usarse las imágenes corporativas, documentación y recursos proporcionados por Somos Sinapsis, sin alteración de ningún tipo
  2. Solo podrá hacer uso de los recursos mientras esté vigente este contrato, el cese de dichos recursos ocurrirán si la empresa así lo considera . 

Para beneficio mutuo de la aplicación el partner cederá de forma no exclusiva y exenta de pago el derecho a utilizar su marca registrada en cartelería, página web, etc. de la aplicación OmniWallet. 

 

En virtud de las consideraciones precedentes las partes acuerdan otorgar el presente contrato de prestación de servicios con sujeción a las siguientes,

CLÁUSULAS

OBJETO.

En virtud del presente contrato, las partes se comprometen a colaborar en los trabajos o servicios descritos, colaborando de buena fe y aplicando los métodos más adecuados para que dicha cooperación sea de calidad. Además, se comprometen a actuar siempre de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en las siguientes cláusulas.

DURACIÓN.

El presente contrato tiene una duración de 12 meses, prorrogable por períodos iguales salvo que las partes establezcan lo contrario.

RESPONSABILIDAD.

Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las partes que actúe de forma negligente en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra parte. La parte que tenga que afrontar cualquier tipo de daño o perjuicio como consecuencia de la actuación de la contraparte podrá reclamar la indemnización por dichos daños y perjuicios que corresponda.

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

Opc A. Para la resolución de los posibles conflictos que puedan surgir en torno a la interpretación del presente contrato las partes se someten al sistema de arbitraje de resolución de conflictos.

Opc B. La relación entre los socios se regirá por la normativa española vigente y cualquier controversia se someterá a los Juzgados y tribunales de la ciudad de Barcelona.